Un partido de fútbol 5 terminó en pesadilla: se cayó, se fracturó la columna y ahora cobrará una fortuna

Un simple partido de fútbol 5 terminó en tragedia: un escribano se fracturó la columna al caer sobre una columna. La Justicia condenó a los dueños de la cancha a pagarle una indemnización millonaria. ¿Qué pasó realmente aquella noche?

InfoTucumán · 16/07/2026 · min de lectura
Un partido de fútbol 5 terminó en pesadilla: se cayó, se fracturó la columna y ahora cobrará una fortuna

Un partido de fútbol 5 terminó en pesadilla: se cayó, se fracturó la columna y ahora cobrará una fortuna

Un escribano de 42 años vivió una auténtica pesadilla mientras jugaba un partido de fútbol 5 con amigos en el barrio porteño de Núñez. Un tropezón con el césped sintético desprendido lo lanzó contra una columna de hierro, provocándole fracturas vertebrales que le dejarán secuelas de por vida. La Justicia acaba de confirmar una millonaria indemnización a su favor.

Todo ocurrió el 22 de diciembre de 2018, en las canchas del ex Muni Fútbol, ubicadas sobre Crisólogo Larralde al 1045, dentro del Club Ciudad de Buenos Aires. Según el fallo al que accedió TN, el jugador tropezó con un desperfecto del césped sintético y cayó violentamente contra una columna de hierro que estaba a pocos centímetros del campo de juego, con una protección insuficiente.

El infierno tras la caída

El hombre quedó tendido en el piso, con fuertes dolores y sin poder moverse. Sus compañeros buscaron asistencia médica en el predio, pero el profesional que lo atendió solo le recomendó que permaneciera inmóvil y no le suministró ningún analgésico. La ambulancia tardó unos 45 minutos en llegar. Los paramédicos indicaron su traslado al Hospital Británico, aunque finalmente el hombre firmó el alta voluntaria para ser derivado por sus propios medios a la Clínica La Sagrada Familia, ya que no tenía familiares que pudieran acompañarlo.

Diagnóstico: fracturas múltiples

Los estudios médicos revelaron fracturas de las apófisis espinosas de las vértebras torácicas T5, T6, T7 y T8, además de protrusiones discales y un hematoma muscular paraespinal. Fue derivado al Sanatorio Otamendi, donde permaneció internado una semana. Debió guardar dos meses de reposo absoluto, acostado boca arriba y asistido por su familia, sin poder moverse por sus propios medios. Tras una extensa rehabilitación, le quedó una incapacidad física permanente del 16,4%.

Los jueces señalaron que el accidente le impidió retomar actividades deportivas y recreativas, que constituían su principal forma de esparcimiento. La pericia médica concluyó que “existe nexo de causalidad médico-legal entre el siniestro denunciado y la incapacidad que actualmente presenta el accionante”.

La condena millonaria

La jueza Mariana Callegari, del Juzgado Nacional en lo Civil N.º 59 de la Ciudad de Buenos Aires, condenó a la empresa administradora del predio a pagar una indemnización de $9.960.000, más intereses. El monto incluía $6.500.000 por incapacidad y otros daños patrimoniales, $3.250.000 por daño moral, casi $180.000 por tratamientos de fisiokinesioterapia y $30.000 por gastos administrativos.

Luego, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, integrada por los jueces María Isabel Benavente y Guillermo González Zurro, confirmó la responsabilidad de la empresa, aunque redujo el daño moral a $2.000.000.

¿Por qué culparon a los dueños de la cancha?

Los magistrados remarcaron que quienes explotan canchas de fútbol tienen la obligación de mantener las instalaciones en condiciones seguras. Consideraron que el accidente no fue consecuencia de un riesgo propio del deporte, sino del mal estado del césped sintético y de la columna mal ubicada y sin protección. También valoraron los testimonios de los compañeros, que confirmaron el estado de la cancha y la demora en la atención médica.

Además, los jueces cuestionaron el informe del médico que asistió al hombre en el predio, que afirmaba que el accidente había ocurrido tras chocar con otro jugador. La Cámara fue categórica: “No solo no han adjuntado el supuesto informe médico aludido, sino que la versión de lo sucedido plasmada en la denuncia de siniestro no resulta coincidente con el relato brindado en las contestaciones de demanda”.

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