Le pagó a una empresa de seguridad, pero los ladrones hicieron un boquete: la indemnización que recibirá tras el fallo
Una empresaria contrató seguridad para su agroquímica, pero los ladrones hicieron un boquete y robaron. ¿La Justicia la indemnizó? Conocé el fallo.
Le pagó a una empresa de seguridad, pero los ladrones hicieron un boquete: la indemnización que recibirá tras el fallo
Una empresaria de Los Toldos contrató un servicio de monitoreo para su depósito de agroquímicos, pero los delincuentes lograron burlarlo y robaron mercadería por miles de dólares. Ahora, más de diez años después, la Justicia le dio la razón y la firma de seguridad deberá pagarle una indemnización millonaria.
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Junín revocó una sentencia anterior y condenó a la empresa de seguridad a indemnizar a la dueña de la agroquímica por los daños sufridos durante el robo ocurrido en 2017. Los jueces consideraron que la firma incumplió su deber de informar y de actuar ante las alertas del sistema.
¿Cómo fue el robo que desató el reclamo?
El hecho ocurrió en el Parque Agroindustrial de Los Toldos. Los ladrones ingresaron de noche, abrieron dos boquetes en el techo y destruyeron la central de alarmas, dejando el sistema completamente inutilizado. La empresa de seguridad no alertó a la propietaria ni a los contactos registrados cuando el sistema dejó de enviar señales, lo que impidió cualquier reacción a tiempo.
La Justicia determinó que la información brindada por la empresa no era clara sobre qué cables activaban la alarma, y que la central estaba instalada cerca del techo, facilitando el ataque de los delincuentes.
El monto de la indemnización y los intereses
La Cámara estableció que la firma deberá pagar el equivalente a U$S 15.514,14, que corresponde al valor de la mercadería robada, incluyendo productos propios y de clientes en depósito. Ese monto se convertirá a pesos al tipo de cambio vendedor del Banco Nación al momento de la liquidación, con un interés del 6% anual desde febrero de 2017 hasta la fecha de pago.
El tribunal rechazó el reclamo por lucro cesante por falta de pruebas que acreditaran una pérdida concreta de ganancias derivada del robo.
¿Qué dice el fallo sobre las obligaciones de las empresas de seguridad?
La sentencia remarcó que los proveedores de seguridad “deben informar de manera clara y comprensible las características técnicas de los sistemas que instalan” y “tienen la obligación de actuar ante cualquier señal que indique un posible fallo o sabotaje, comunicándose de inmediato con los usuarios para que puedan tomar recaudos”.
Además, aclaró que, si bien no pueden garantizar la prevención absoluta de delitos, sí deben cumplir con todas las medidas de diligencia y asesoramiento previstas en el contrato y la ley.
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